Tax Alerts

Here you will find articles, brochures, comments and opinions on current tax issues in Peru.

Resolución De Superintendencia Sobre La Presentación De La Declaración Jurada Informativa Reporte Local

La DJI-RL se presenta de acuerdo al cronograma de obligaciones mensuales establecido por la SUNAT, correspondiente al período tributario del mes de mayo del ejercicio siguiente al que corresponda la declaración.

De esta manera, los sujetos obligados a presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2018, deberán hacerlo según las fechas presentadas en el siguiente cuadro:

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Declaración Jurada de Rentas de Quinta Categoría en el ejercicio 2017

Hasta el ejercicio 2016, cuando un trabajador rompía su vínculo laboral con su empleador, este último estaba en la obligación de emitir un certificado de rentas, en donde se informaba de los ingresos o rentas percibidos por el trabajador y la retención que se hubiera realizado por rentas de quinta categoría. Este documento era entregado a su nuevo empleador con el fin de continuar con el cálculo de la retención que debía realizar por el resto del ejercicio gravable.

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Sunat prorroga plazo para la presentación del Reporte País Por País de Los Ejercicios 2017 Y 2018

Ayer, 14 de marzo, el Diario Oficial “El Peruano” publicó la Resolución de Superintendencia N° 054-2019/SUNAT, mediante la cual se ha prorrogado - para ciertos contribuyentes domiciliados - el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte País por País (RPP), correspondiente a los ejercicios 2017 y 2018.

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Incrementos patrimoniales no justificados relacionado al régimen temporal y sustitutorio del IR

El 17 de julio de 2017 el Diario Gestión publico la siguiente notica: “La SUNAT iniciará acciones de control con cartas inductivas y verificaciones, respecto de, al menos, 33,000 personas, relacionadas con los ejercicios fiscales de los años 2013 y 2014”, adelantó Eduardo Mora, asesor de Alta Dirección del fisco.”

“Sin embargo, dijo, los contribuyentes podrán acogerse al beneficio del régimen sustitutorio del Impuesto a la Renta (IR) o de repatriación de capitales y acceder a una tasa (10% en lugar de hasta 30%) relacionada con su incremento patrimonial no justificado.”

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Precios de Transferencia - La deducción de un Servicio Intragrupo

Con la promulgación del Decreto Legislativo N° 1312 (publicado el 31/12/2016), vigente a partir del ejercicio 2017, se estableció criterios de deducción para los denominados servicios intragrupo. Independientemente de los requisitos, limitaciones y prohibiciones establecidos por la Ley del Impuesto a la Renta, tratándose de servicios sujetos al ámbito de aplicación de precios de transferencia, el contribuyente debe cumplir el “test de beneficio” y proporcionar para su sustento la documentación e información solicitada, como demostrar las condiciones necesarias para la deducción del costo o gasto.

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Modificaciones De Las Obligaciones Formales Exigibles En Precios De Transferencia (Parte II)

Con fecha 31 de diciembre del 2016, ha sido publicado en el diario El Peruano el Decreto Legislativo N° 1312, con el cual queda sin efecto la obligación de presentar la Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia y el Estudio Técnico de Precios de Transferencia. Estableciéndose para el año 2017, como nueva obligación formal del régimen de precios de transferencia la Declaración Jurada Informativa “Reporte Local”, mientras que la presentación de las declaraciones juradas informativas “Reporte Maestro” y “Reporte País por País” será exigible a partir del año 2018.

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Regulan los Comprobantes de Pago que permiten Deducir Gastos Personales en el Impuesto a la Renta de la Persona Natural

Sepa como sustentar adecuadamente la deducción adicional del impuesto a la renta cuando declare sus gastos personales de acuerdo a lo señalado en el presente cuadro.

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Intercambio Automático de Información Financiera en Materia Fiscal

Parte de la Estrategia del Estado Peruano, para reducir la evasión fiscal, es la promulgación del decreto legislativo 1264 - REGIMEN TEMPORAL Y SUSTITUTORIO DEL IMPUESTO A LA RENTA PARA LA DECLARACION, REPATRIACION E INVERSION DE RENTAS NO DECLARADAS, mediante el cual se da una única oportunidad al contribuyente de declarar sus ingresos omitidos, en especial las denominadas Rentas de Fuente Extranjera, pero esta norma tiene carácter temporal y es el inicio de las estrategias para combatir las prácticas tributarias internacionales que afectan la recaudación tributaria.

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Régimen Temporal Y Sustitutorio Del Impuesto A La Renta Para La Declaración De Ingresos No Declarados

El objetivo del Estado Peruano, con la promulgación del decreto legislativo 1264, es otorgar una oportunidad de las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el país, para que sinceren sus ingresos no declarados para efectos del Impuesto a la Renta. Esta norma se da, para cumplir con el objetivo del país, luchar contra la elusión y evasión fiscal internacional.

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Precios De Transferencia – Servicios Intragrupo De Bajo Valor Añadido

A partir del 1 de enero del 2017 está vigente la aplicación del Inciso i) del artículo 32°-A, incorporado por el artículo 4° del Decreto Legislativo N.° 1312, norma publicada el 31 de diciembre del 2016.

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