Tributación aplicable a la retribución por servicios digitales prestados por sociedades constituidas en México

El 25 de noviembre de 2020, se ha publicado en el portal web de la Administración Tributaria el Informe No 113-2020-SUNAT/7T0000, en el cual se consulta si las rentas obtenidas por una sociedad domiciliada en México, por concepto de servicio técnico y mantenimiento de software a través del Internet, califican como beneficios empresariales de acuerdo con el Convenio para Evitar la Doble Imposición (“CDI”) vigente entre Perú y México.
Cabe destacar que el caso materia de consulta parte de la premisa de que, en forma previa, la misma empresa domiciliada en México transfirió al usuario de manera definitiva, ilimitada y exclusiva la titularidad de todos los derechos patrimoniales sobre el mencionado software.

Document

Servicios digitales y software CDI Perú - México.pdf