Se amplía el plazo para el envío y puesta a disposición de facturas y recibos por honorarios electrónicos

Con fecha 30 de junio de 2022, la SUNAT ha emitido la R.S. N° 117-2022/SUNAT establece que, entre el 1 de julio de 2022 al 31 de diciembre de 2022, el plazo máximo de puesta a disposición del adquirente del bien o usuario del servicio de la factura y recibo por honorarios electrónico, así como el plazo de remisión a la SUNAT o al OSE de las facturas y sus respectivas notas de crédito electrónicas, es de cuatro 4 días calendario computados desde la fecha de emisión del comprobante.

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Se amplía el plazo para el envío y puesta a disposición de facturas y recibos por honorarios electrónicos